jueves, 19 de diciembre de 2013

AUTORIZAN PAGO POR DESPLAZAMIENTO DEL CONCURSO DE DIRECTORES


En Lima el monto del reembolso es de S/. 50.00

AUTORIZAN TRANSFERENCIAS DE PARTIDAS EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2013 A FAVOR DE GOBIERNOS REGIONALES, PARA FINANCIAR EL PAGO DE GASTOS POR DESPLAZAMIENTO DE LOS DOCENTES QUE PARTICIPEN EN LA EVALUACIÓN PARA ACCEDER A CARGOS DE DIRECTOR Y SUB DIRECTOR
DECRETO SUPREMO Nº 322-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0262-2013-ED, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nº 0460-2013-ED, Nº 501-2013-ED y Nº 0548-2013-ED, se aprobó la Directiva Nº 018-2013-MINEDUVMGP-DIGEDD, “Normas para el Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular - 2013”, estableciéndose los lineamientos para la organización, implementación y ejecución del concurso para el acceso a los cargos de Director y Subdirector de instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular;
Que, mediante la Sexagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se faculta al Ministerio de Educación y a los gobiernos regionales, hasta el 31 de diciembre de 2013, para realizar un pago, por única vez, por gastos por desplazamiento de los docentes que participen en la evaluación docente para acceder a cargos de Director y Sub Director previsto en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, y que para tal efecto tengan que desplazarse desde su lugar habitual de trabajo, hasta la sede de evaluación fijada por el Ministerio de Educación. Dicho pago es de carácter excepcional y extraordinario, y se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Para la aplicación de lo antes señalado, se exonera por única vez al Ministerio de Educación, de lo establecido en el artículo 6 y en el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, y en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;
Que, asimismo, para la aplicación de lo señalado en el considerando precedente, la norma antes citada autoriza al Ministerio de Educación a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de gobiernos regionales, las mismas que se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último, hasta por la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL SETECIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.2 280 780,00) , debiendo contar con informe previo favorable a la transferencia de recursos, de la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, así como con el informe previo favorable de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas vinculado a la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de Recursos Humanos del Sector Público;
Que, en aplicación a la norma antes citada, el Ministerio de Educación mediante Oficio Nº 2646-2013-MINEDU/SG solicita la aprobación del Decreto Supremo que autoriza transferencia de partidas del pliego Ministerio de Educación a favor de los pliegos de los Gobiernos Regionales para financiar el pago de gastos por desplazamiento de docentes que participen en la Evaluación para Acceder a Cargos de Director y Sub Director en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento;
Que, para tal fin, mediante los Informes Técnicos Nºs. 016-2013-MINEDU/ DIGEDD/DIED y 018-2013-MINEDU/-DIGEDD/DIED, la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente del Ministerio de Educación, remite la información referida al número total de postulantes a nivel nacional al Concurso de Acceso a Cargos de Director y Sub Director de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular – 2013;
Que, la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante Informe Nº 316-2013-MINEDU/SPE-UP, opina favorablemente para que se transfiera recursos a favor de los Gobiernos Regionales, con cargo al Presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educación, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios hasta por la suma de UN MILLÓN NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 983 000,00), a fin de financiar los gastos de desplazamiento de los docentes que participen en la evaluación docente para acceder a cargos de Director y Sub Director, en razón a que se cuentan con dichos saldos disponibles en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y en la Genérica de Gasto 6: Adquisición de Activos no Financieros;
Que, en base a la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de Recursos Humanos del Sector Público, la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos emite opinión favorable para efectuar el pago por desplazamiento de 33,612 docentes, hasta por la suma de UN MILLÓN NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.1 939 350,00), en el marco de la Sexagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.
De conformidad con la Sexagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, a favor de los Pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de UN MILLÓN NOVECIENTOS TRENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.1 939 350,00), para ser destinados al financiamiento de lo dispuesto en la Sexagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 108 : Programa Nacional de Infraestructura Educativa ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2092841 : Sustitución y reforzamiento de la infraestructura, dotación de mobiliario y equipamiento de la Institución Educativa Nº 54004 Fray Armando Bonifaz - Abancay - Abancay - Apurímac FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 1 939 350,00 ----------------- TOTAL EGRESOS 1 939 350,00 ==========
A LA: En Nuevos Soles
SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 939 350,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 1 939 350,00 ==========
1.2 Los pliegos habilitados por el presente artículo y los montos de transferencia por pliego, se consignan en el Anexo “Costo por desplazamiento de los docentes que participen en la evaluación docente para acceder a cargos de Director y Sub Director”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el mismo que será publicado en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob,pe) y del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación

viernes, 6 de diciembre de 2013

Finlandia-un reto


Así consigue Finlandia ser el número 1 en educación en Europa
Los niños finlandeses de hoy estarán el día de mañana entre los profesionales más preparados del mundo. No lo predice ninguna bola de cristal, lo auguran datos objetivos. Desde que la OCDE comenzara en el año 2000 a elaborar su informe PISA, Finlandia ha acaparado los primeros puestos del podio en Europa por su excelente nivel educativo.

Apenas un 8% de los alumnos finlandeses no terminan sus estudios obligatorios (en España uno de cada tres jóvenes dejan sus estudios antes de acabar la enseñanza secundaria). Dispuesto a dar con la clave del éxito finlandés, el psicólogo escolar y entonces director del colegio Claret de Barcelona, Javier Melgarejo, comenzó a estudiar su sistema educativo hace más de una década. Su primera sorpresa fue constatar que a los 4 y 5 años menos de la mitad de los niños finlandeses acuden a guarderías y no empiezan el colegio hasta los 7 años. Dos años después, sus puntuaciones son mejores que el resto de los países estudiados por la OCDE.

Durante los primeros seis años de la primaria los niños tienen en todas o en la mayoría de las asignaturas el mismo maestro, que vela porque ningún alumno quede excluido. Es una manera de fortalecer su estabilidad emocional y su seguridad. Hasta 5º no hay calificaciones numéricas. No se busca fomentar la competencia entre alumnos ni las comparaciones.

La educación gratuita desde preescolar hasta la universidad incluye las clases, el comedor, los libros y hasta el material escolar aunque si alguien lo pierde está obligado a pagárselo. La jornada escolar suele comenzar sobre las 8,30-9 de la mañana hasta las 3 de la tarde, con el paréntesis del almuerzo a las 12-12,30 horas. En total, suman 608 horas lectivas en primaria, frente a las 875 horas de España, con deberes en casa que no son excesivos. ¿Cómo consiguen mejores resultados en menos tiempo?

«El éxito finlandés se debe a que encajan tres estructuras: la familia, la escuela y los recursos socioculturales (bibliotecas, ludotecas, cines...)», explica Melgarejo. Los tres engranajes están ligados y funcionan de forma coordinada. «Los padres tienen la convicción de que son los primeros responsables de la educación de sus hijos, por delante de la escuela» y complementan el esfuerzo que se hace en el colegio.

«En Finlandia el 80% de las familias van a la biblioteca el fin de semana», añade el psicólogo escolar catalán, para quien este estímulo de la lectura en casa resulta fundamental. El sistema social finlandés contribuye con numerosas ayudas oficiales a las familias, que pueden conciliar su trabajo y la atención a sus hijos.

Existe una herencia cultural luterana basada en la responsabilidad que fomenta la disciplina y el esfuerzo, a la que también acompaña una climatología que empuja a encerrarse en casa, pero estos factores también están presentes en otros países vecinos, como Suecia o Dinamarca, que disfrutan de mayor nivel económico y sin embargo figuran varios puestos por debajo en PISA. «No son las variables socioeconómicas las determinantes», subraya Melgarejo.

De maestros, los mejores
La diferencia radica en la elevada calificación académica del profesorado en Finlandia, principalmente en educación primaria. «Los finlandeses consideran que el tesoro de la nación son sus niños y los ponen en manos de los mejores profesionales del país», destaca el exdirector del colegio Claret de Barcelona.

Los mejores docentes se sitúan en los primeros años de enseñanza, donde se aprenden los fundamentos de todos los posteriores aprendizajes. Se considera que hacia los 7 años el alumno se encuentra en la fase más manejable y es cuando realiza algunas de las conexiones mentales fundamentales que le estructurarán toda la vida. Por eso, se considera esencial seleccionar a quien ayudará en este proceso.

Para ser maestro se necesita una calificación de más de un 9 sobre 10 en sus promedios de bachillerato y de reválida y se requiere además una gran dosis de sensibilidad social (se valora su participación en actividades sociales, voluntariado...). Cada universidad escoge después a sus aspirantes a profesores con una entrevista para valorar su capacidad de comunicación y de empatía, un resumen de la lectura de un libro, una explicación de un tema ante una clase, una demostración de aptitudes artísticas, una prueba de matemáticas y otra de aptitudes tecnológicas. «Son las pruebas más duras de todo el país», asegura Melgarejo. Al proceso de selección le sigue una exigente licenciatura y periodos de prácticas.

No es de extrañar que los profesores estén muy bien considerados socialmente en Finlandia. «Es un honor nacional ser maestro de Primaria», aseguró el pasado 25 de septiembre en Madrid Jari Lavonen, director del Departamento de Formación al Profesorado de la Universidad de Helsinki.

Harri Skog, secretario de Estado de Educación de Finlandia desde 2006, resumía en una frase la importancia de este proceso: «La educación es la llave para el desarrollo de un país». Por eso el país nórdico dedica del 11 al 12% de los presupuestos del estado y los ayuntamientos a financiar este modelo de educación. «Es una política inteligente que les está dando fruto», considera Melgarejo, sin las presiones de Corea o Japón, otros países destacados en PISA.

domingo, 17 de noviembre de 2013

Concurso de directores a la deriva Publicaron hoy la RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0568-2013-ED que suspende el concurso y da por válidas las pruebas que fueron exitosamente culminadas. Dejan sin efecto el cronograma y la relación de plazas. Suspenden Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular - 2013, convocado mediante R.M. N° 0460- 2013-ED
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0568-2013-ED Lima, 16 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0460-2013-ED de fecha 17 de setiembre de 2013, se modificó la Directiva N° 018-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDD, denominada “Normas para el Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular – 2013”; se convocó al Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular – 2013; se aprobó el cronograma del referido concurso y la relación consolidada de plazas objeto del mismo; siendo modificada la relación consolidada de plazas y el cronograma mediante las Resoluciones Ministeriales N° 0479-2013-ED, 0501-2013-ED, 0531- 2013-ED, 0548-2013-ED y 0558-2013-ED; Que, mediante Informe Técnico N° 014-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, la Dirección General de Desarrollo Docente señala que debido a un conjunto de dificultades tecnológicas presentadas en diversas sedes, al inicio de la aplicación de la evaluación del referido concurso, y teniendo en consideración que es necesario superar los inconvenientes técnicos presentados a fin de garantizar los niveles de calidad y seguridad que merecen los postulantes, así como lograr idoneidad, confiabilidad y transparencia en el presente concurso, se hace necesario suspender el mismo; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; y el Decreto Supremo Nº 006- 2012-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Suspender el Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular – 2013, convocado mediante Resolución Ministerial N° 0460-2013-ED. Artículo 2.- Dejar sin efecto el cronograma y la relación consolidada de plazas objeto del referido concurso, aprobados con Resolución Ministerial N° 0460-2013-ED. Artículo 3.- La evaluación de aquellos docentes que lograron culminarla con normalidad el día 16 de noviembre del presente año, será considerada válida al momento de reanudar el Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, cuyos resultados serán publicados en la etapa correspondiente del mismo. Artículo 4.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación, publique la presente Resolución Ministerial en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación
Suspenden realización de concurso de directivos Por: Hugo Díaz I 16 noviembre, 2013 Suspenden realización de concurso de directivos Luego de presentarse varios problemas en la aplicación de la prueba nacional para el concurso de plazas para personal que postula a cargos de directores y subdirectores, el Ministerio de Educación decidió suspender la aplicación de la misma. En declaraciones a RPP el ministro Jaime Saavedra reconoció los errores y ha pedido disculpas al magisterio que estaba participando en el concurso. Es una lástima que el ministro Saavedra tenga que pagar los platos rotos por un modelo de evaluación que no diseñó y que tenía altísimas posibilidades de ir al fracaso. Se ha mencionado que habrá una nueva fecha de evaluación y que se revisará el procedimiento de examen. Desde mi punto de vista, hay que retornar a procedimientos mas sencillos y seguros. Está comprobado que será difícil seguir insistiendo en este procedimiento, bonito en concepción pero iluso en las posibilidades de ser aplicado. Lamentablemente en este proceso deben haber responsables que tendrán que asumir su error. Por respeto al magisterio habrá que adoptar las medidas convenientes Soy consciente de los esfuerzos que hizo el ministro por arreglar la situación, lamentablemente los problemas a enfrentar fueron mayores. Confiamos en la decisión que pueda adoptar para que la nueva convocatoria se realice sin problemas. Nota del diario El Comercio El ministro de Educación, Jaime Saavedra, confirmó que se suspenderá a nivel nacional la prueba eliminatoria del Concurso de acceso a cargos de Director y Subdirector, programado para este fin de semana. A través de un comunicado, el titular del sector pidió disculpas a los casi 40 mil postulantes que acudieron a dar el examen y a quienes viajaron a otras provincias para rendir la evaluación. Saavedra confirmó que a estos últimos se les compensará el gasto realizado, quienes ya no tendrán que dar el examen hoy en un tercer turno, que sería habilitado a las 7:00 p.m., despues de un segundo turno (3 p.m. a 6 p.m.), el cual tampoco se llevará a cabo. “La compensación se va a dar en las boletas de diciembre de este año (…) Voy a tomar las medidas correctivas necesarias para poder garantizar la transparencia y la fiabilidad del proceso”, dijo en declaraciones para Canal N. Hasta el momento no se ha establecido una nueva fecha para la prueba que acaba de ser suspendida por segunda vez. Originalmente se iba a llevar a cabo el 2 y 3 de noviembre.

sábado, 21 de septiembre de 2013

RUTAS DE APRENDIZAJE-METODOLOGÍA

Las Rutas de Aprendizaje son procesos constructivos de aprendizaje que se fundamentan en los siguientes principios metodológicos: a) “El aprender haciendo” como elemento fundamental del aprendizaje frente al “aprender memorizando”. El estudiante ha de construir su propio aprendizaje. Lo que no se construye, no se aprende de verdad. b) El papel del docente como organizador del contexto, no como protagonista de la acción educativa. Es el alumno quien debe buscar, indagar, experimentar, analizar, opinar. El docente pone los recursos, planifica las secuencias, organiza los tiempos. c) Se aprende cooperando: El aprendizaje se construye gracias a la interacción con los compañeros, con los docentes, con otras personas. En las Rutas de Aprendizaje se buscan distintos agrupamientos: clase, equipo, pareja. Se forman atendiendo a criterios de diversidad intelectual, de capacidad de trabajo, para que todos sus miembros puedan enseñar y aprender. d) La escuela como comunidad de aprendizaje: Todos podemos aprender y enseñar: alumnado, docentes y familias. Además, la escuela no es un ente aislado, hoy más que nunca está conectado con todo el mundo y puede abrir sus puertas a través de la Red. e) La metodología de proyectos en torno a temas o centros de interés (Dewey, Decroly) f) La pedagogía Freinet, de la cual se toman algunas ideas como “los planes de trabajo”, “el texto libre”, las conferencias, etc. g) La consideración de la evaluación como proceso que debe ser seguido atentamente por el profesor para ir reconduciendo y orientando las prácticas del alumnado. No se debe confundir evaluar con calificar. La calificación sería, en todo caso, el paso final del proceso evaluador. La necesidad de hacer partícipes a los alumnos en algunos momentos de la evaluación (coevaluación) para que profundicen en su espíritu crítico y sean conscientes de los aspectos positivos y negativos, tanto de los trabajos de sus compañeros como de los propios.

RUTAS DEL APRENDIZAJE / Marco Curricular

MINEDU - Rutas claras para el aprendizaje en formación ciudadana, matemá...